Bajas y familia
Permiso por nacimiento y cuidado de menor: cuántas semanas y cuánto cobras
Cada progenitor tiene su propio permiso, intransferible, y cobra durante él una prestación igual a su base reguladora. Las familias monoparentales tienen más semanas.
Parámetros de 2026, estado a 14/10/2026 ver todos los valores y sus fuentes
Calculadora
8867,11 €
| Subsidio diario | 66,67 € |
|---|---|
| Semanas de permiso | 19 semanas |
| Días de permiso | 133 días |
| Semanas obligatorias tras el parto | 6 semanas |
Qué significa el resultado
Es lo que te paga la Seguridad Social durante todo tu permiso. No cobras nómina esas semanas, pero sigues de alta y cotizando.
Cómo calculamos
- Base reguladora diaria: base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del nacimiento, entre los días cotizados (30 si cobras por meses y estuviste de alta todo el mes).
- Semanas: 19 semanas por progenitor (32 en familia monoparental), más una por cada hijo a partir del segundo o por discapacidad.
- Prestación: 100 % de la base reguladora diaria por los días del permiso.
Ejemplo con los parámetros de 2026
Con una base de 2000,00 € al mes, tus 19 semanas de permiso suponen 8867,11 € de prestación (66,67 € al día).
Fundamento legal
- art. 48.4 y 48.6 Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) (ET): duración del permiso y ampliaciones
- arts. 177 a 179 Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) (LGSS): requisitos y prestación económica
- art. 7.h Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF): exención de la prestación
Preguntas frecuentes
- ¿Tengo que coger las semanas seguidas?
- Las 6 semanas posteriores al parto son obligatorias y seguidas. El resto puedes repartirlo por semanas hasta que el bebé cumpla doce meses, y parte de ellas hasta los ocho años.
- ¿Necesito haber cotizado un mínimo?
- Depende de tu edad (art. 178 de la Ley General de la Seguridad Social): sin mínimo antes de los 21 años; entre los 21 y los 26, un mínimo de días cotizados en los últimos siete años; desde los 26, el doble.
- ¿La prestación paga IRPF?
- Está exenta de IRPF (art. 7.h de la ley del impuesto), así que no lleva retención.
Última actualización: 14/10/2026 · parámetros de 2026. Si trabajas a tiempo parcial o entraste en la empresa hace poco, la base reguladora se calcula de otra forma. El resultado es una estimación, no asesoramiento laboral ni fiscal. Cada tipo e importe tiene su norma y su fecha de consulta en la tabla de parámetros. Si tienes dudas, consulta a tu empresa, a la Seguridad Social, al SEPE o a la Agencia Tributaria (descargo de responsabilidad).