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TrabajoSueldo y derecho laboral
Despido y finiquito

Indemnización por traslado: si no quieres mudarte por la empresa

Que la empresa te cambie de centro de trabajo puede ser un simple cambio de ruta o un cambio de vida. Cuando el nuevo destino te obliga a cambiar de residencia, el Estatuto de los Trabajadores te da una salida: aceptar el traslado, con la compensación de gastos, o extinguir el contrato y cobrar una indemnización. La calculadora de indemnización por traslado te dice cuánto cobrarías si eliges irte.

Qué es un traslado a efectos legales

El art. 40.1 del Estatuto regula el traslado que exige cambiar de residencia. Si el centro nuevo está en la misma ciudad y no tienes que mudarte, no es un traslado de este artículo y no da esta indemnización.

La empresa tiene que notificarte la decisión con una antelación mínima de treinta días antes de que el traslado sea efectivo. Puedes calcular esa fecha con la calculadora del plazo de preaviso.

Tus opciones

Ante un traslado con cambio de residencia tienes, en esencia, dos caminos:

  1. Aceptarlo. Te mudas y la empresa te compensa los gastos.
  2. Extinguir el contrato. Te vas y cobras una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de doce mensualidades.

Si eliges la segunda, además tienes derecho a paro: la ley considera esta extinción situación legal de desempleo.

Cómo se calcula la indemnización

La cuenta es la misma que en el despido objetivo:

  1. Salario diario: el bruto anual, con pagas extra, entre los días del año de la baja.
  2. Antigüedad en meses: desde el alta hasta el último día, con el mes empezado contado entero.
  3. Días de indemnización: 20 por los meses, entre 12.
  4. Tope: doce mensualidades, es decir, el salario de un año.

Ejemplo con contrato de 2018

Cobras 30.000 € brutos al año, entraste el 01/03/2018 y rechazas el traslado con efectos el 15/10/2026. Llevas 104 meses: 173,33 días de salario. A 82,19 € al día, te corresponden 14.246,30 €. El tope de doce mensualidades, 30.000 €, no se alcanza.

Ejemplo con mucha antigüedad

Con 36.000 € al año y alta el 01/02/2006, en 2026 sumas 249 meses. La cuenta da 415 días de salario, pero el tope corta la indemnización en 36.000 €. Por mucha antigüedad que tengas, aquí no se pasa de un año de sueldo.

Errores habituales

Confundir traslado con cambio de centro cercano. Si no tienes que mudarte, no hay indemnización por esta vía. Puede haber otras cuestiones, pero no las de este artículo.

Calcular con el sueldo neto. La base es el bruto anual con pagas extra. Si cobrabas variables o retribución en especie, súmalos al salario.

Contar solo años completos. El mes empezado cuenta entero, y eso puede sumar días de indemnización.

Esperar 33 días por año. La indemnización del traslado es la de 20 días, no la del despido improcedente.

Qué más tienes que revisar

Si te vas, la empresa te debe también el finiquito: los días del último mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte de pagas extra. Calcúlalo con la calculadora de finiquito. Y si la empresa, en lugar de trasladarte, te cambia el horario, los turnos o el sueldo, la vía es otra: consulta la indemnización por modificación sustancial.

Todas las cifras de esta guía son brutas y están calculadas con los parámetros de 2026.

Haz la cuenta con tus números Indemnización por traslado