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TrabajoSueldo y derecho laboral

Sueldo y nómina

Embargo de nómina: cuánto te pueden embargar del sueldo

Quien te embarga no puede quedarse con todo: la ley protege el salario mínimo y embarga el resto por tramos crecientes. Escribe tu neto del mes.

Parámetros de 2026, estado a 14/10/2026 ver todos los valores y sus fuentes

Calculadora

Máximo que te pueden embargar valores de ejemplo

395,30 €

Parte inembargable (salario mínimo)1221,00 €
Te queda tras el embargo2104,70 €
Salario mínimo al mes para tu caso1221,00 €
Tramos del embargo
TramoParte del sueldoEmbargableImporte
11221,00 €0 %0,00 €
21221,00 €30 %366,30 €
358,00 €50 %29,00 €
40,00 €60 %0,00 €
50,00 €75 %0,00 €
60,00 €90 %0,00 €

Qué significa el resultado

Es el tope que se puede retener de tu nómina ese mes para pagar la deuda. Lo que queda es tuyo y nadie puede tocarlo.

Cómo calculamos

  1. El primer tramo, hasta el salario mínimo (1221,00 € al mes), es inembargable.
  2. Lo que pasa de ahí se reparte en tramos de un salario mínimo cada uno, con porcentajes crecientes.
  3. Sumamos lo embargable de cada tramo, redondeado al céntimo.

Ejemplo con los parámetros de 2026

Con 2500,00 € netos, te pueden embargar como máximo 395,30 € al mes y te quedan 2104,70 €.

Fundamento legal

  • art. 607 Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC): escala de embargo de sueldos y pensiones
  • art. 1 Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, salario mínimo interprofesional para 2026 (RD 126/2026): salario mínimo mensual

Escala de embargo con el salario mínimo de 2026

Parte del sueldo netoEmbargable
hasta 1221,00 €0 %
hasta 2442,00 €30 %
hasta 3663,00 €50 %
hasta 4884,00 €60 %
hasta 6105,00 €75 %
más de 6105,00 €90 %

Fuente: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE-A-2000-323), art. 607.1 y 607.2 · consultado el 15/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Se puede rebajar el embargo si tengo hijos?
Sí. Por cargas familiares, el Letrado de la Administración de Justicia puede rebajar entre un 10 % y un 15 % los porcentajes de los primeros tramos. Es una decisión suya, por eso no la aplicamos.
¿Y las pensiones de alimentos?
No. Cuando se ejecuta una sentencia que condena a pagar alimentos, esta escala no se aplica (art. 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y el embargo puede ser mayor.
¿Se embarga sobre el bruto o el neto?
Sobre el neto: la ley manda descontar antes los impuestos y la Seguridad Social (art. 607.5).