Sueldo y nómina
Calculadora de sueldo neto 2026: cuánto cobras al mes
Escribe tu bruto anual, el que figura en el contrato. Te damos el neto de cada mes, el de las pagas extra y el del año entero, con la cotización y la retención de IRPF separadas como en la nómina.
Parámetros de 2026, estado a 14/10/2026 ver todos los valores y sus fuentes
Calculadora
1628,50 €
- País Vasco tiene IRPF foral, con tablas de retención propias de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa: esta calculadora no lo calcula.
- Navarra tiene IRPF foral, con tablas de retención propias de la Hacienda Foral: esta calculadora no lo calcula.
| Bruto de cada paga | 2142,86 € |
|---|---|
| Cotización a la Seguridad Social al mes | 162,50 € |
| Retención de IRPF de cada paga | 351,86 € |
| Tipo de retención de IRPF | 16,42 % |
| Neto de cada paga extra | 1791,00 € |
| Neto en el año | 23.124,00 € |
| Cotización en el año | 1950,00 € |
| Retención de IRPF en el año | 4926,04 € |
| Pago | Bruto | Seguridad Social | IRPF | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Mes ordinario (12 al año) | 2142,86 € | 162,50 € | 351,86 € | 1628,50 € |
| Paga extra (2 al año) | 2142,86 € | 0,00 € | 351,86 € | 1791,00 € |
| Total del año | 30.000,04 € | 1950,00 € | 4926,04 € | 23.124,00 € |
Con 14 pagas, la paga extra no lleva cotización: la empresa ya la cotiza prorrateada cada mes.
Qué significa el resultado
Es lo que entra en tu cuenta cada mes ordinario. Con 14 pagas, en los meses de paga extra cobras además la paga, que solo lleva retención de IRPF. El neto del año es la suma de todo lo que cobras en los doce meses.
Cómo calculamos
- Base de cotización: tu bruto anual entre 12, con la base mínima de tu grupo y la máxima de 5101,20 € al mes.
- Tu cotización: contingencias comunes 4,7 %, desempleo 1,55 % (indefinido) o 1,6 % (temporal), formación profesional 0,1 % y MEI 0,15 %. Si cobras más que la base máxima, se suma la cotización de solidaridad.
- Retención de IRPF: al bruto le restamos las cotizaciones, la reducción por rendimientos del trabajo y 2000,00 € de otros gastos; aplicamos la escala de retención y le quitamos la cuota de tu mínimo personal y familiar.
- Comprobamos el límite por debajo del cual no se retiene y el límite del 43 % para sueldos de hasta 35.200,00 €. El tipo se trunca en el segundo decimal, como hace la AEAT.
- Neto: bruto de cada paga menos la retención y, en los meses ordinarios, menos tu cotización.
Ejemplo con los parámetros de 2026
Con 30.000,00 € brutos al año en 14 pagas, contrato indefinido, sin hijos y en la Comunidad de Madrid, cobras 1628,50 € netos al mes y 1791,00 € en cada paga extra. Te retienen un 16,42 % de IRPF y cotizas 162,50 € al mes.
Fundamento legal
- arts. 2, 3, 4, 16, 17 y 33 Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización de 2026 (Orden PJC/297/2026): bases y tipos de cotización de 2026
- arts. 19 y 20 Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF): gastos deducibles y reducción por rendimientos del trabajo
- arts. 80 a 87 Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007) (RIRPF): procedimiento de retención
- pasos de cálculo AEAT, algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026 (Algoritmo AEAT 2026): orden de los pasos y truncamiento del tipo
- art. 31 Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) (ET): pagas extraordinarias
Tipos de cotización del Régimen General en 2026
| Concepto | Trabajador | Empresa |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,7 % | 23,6 % |
| Desempleo (indefinido) | 1,55 % | 5,5 % |
| Desempleo (temporal) | 1,6 % | 6,7 % |
| Formación profesional | 0,1 % | 0,6 % |
| FOGASA | 0 % | 0,2 % |
| MEI | 0,15 % | 0,75 % |
| Solidaridad, hasta 5611,32 € al mes | 0,19 % | 0,96 % |
| Solidaridad, hasta 7651,80 € al mes | 0,21 % | 1,04 % |
| Solidaridad, más de 7651,80 € al mes | 0,24 % | 1,22 % |
Base máxima: 5101,20 € al mes. Las bases mínimas dependen del grupo de cotización. Los accidentes de trabajo los paga solo la empresa y dependen de su actividad.
Fuente: Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 4.a · consultado el 14/10/2026
Escala de retención de IRPF (art. 85 del Reglamento)
| Base | Cuota hasta el inicio del tramo | Tipo del tramo |
|---|---|---|
| de 0,00 € a 12.450,00 € | 0,00 € | 19 % |
| de 12.450,00 € a 20.200,00 € | 2365,50 € | 24 % |
| de 20.200,00 € a 35.200,00 € | 4225,50 € | 30 % |
| de 35.200,00 € a 60.000,00 € | 8725,50 € | 37 % |
| de 60.000,00 € a 300.000,00 € | 17.901,50 € | 45 % |
| desde 300.000,00 € | 125.901,50 € | 47 % |
Fuente: Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (texto consolidado BOE-A-2007-6820), art. 85.1.1.º · consultado el 14/10/2026
Preguntas frecuentes
- ¿Por qué mi retención no depende de mi comunidad autónoma?
- Porque la empresa usa una única escala de retención para toda España (art. 85 del Reglamento del IRPF). Tu comunidad cuenta en la declaración de la renta, cuando se aplica su escala: por eso puede salirte a pagar o a devolver. La calculadora de IRPF por comunidad hace esa cuenta.
- ¿Cuánto es el neto del salario mínimo?
- El salario mínimo de 2026 es 17.094,00 € al año. Escríbelo en la calculadora con 14 pagas y verás el neto de cada mes con la cotización y la retención que corresponden.
- ¿Qué es el MEI que aparece en la nómina?
- Es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una cotización extra para la caja de las pensiones. En 2026 pagas el 0,15 % de tu base y la empresa el 0,75 %.
- ¿Calculáis el País Vasco y Navarra?
- No. Tienen IRPF propio (régimen foral), con tablas de retención distintas. Si eliges una de esas comunidades, la calculadora no da un resultado para no aplicarte una escala que no es la tuya.
- ¿Me conviene cobrar en 12 o en 14 pagas?
- El sueldo anual es el mismo; solo cambia cuándo cobras. Con 12 pagas la nómina mensual es más alta porque lleva prorrateadas las extras. La cotización y la retención del año son iguales en los dos casos.
Última actualización: 14/10/2026 · parámetros de 2026. Suponemos un sueldo fijo todo el año, una sola empresa y que no tienes otras rentas. La retención real puede cambiar si la empresa la regulariza durante el año. El resultado es una estimación, no asesoramiento laboral ni fiscal. Cada tipo e importe tiene su norma y su fecha de consulta en la tabla de parámetros. Si tienes dudas, consulta a tu empresa, a la Seguridad Social, al SEPE o a la Agencia Tributaria (descargo de responsabilidad).