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TrabajoSueldo y derecho laboral

Sueldo y nómina

Coste de un trabajador para la empresa: el bruto y todo lo que se cotiza encima

El bruto no es lo que cuestas: la empresa paga encima su parte de la Seguridad Social. Escribe el bruto anual y, si lo sabes, el tipo de accidentes de trabajo de la empresa.

Parámetros de 2026, estado a 14/10/2026 ver todos los valores y sus fuentes

Calculadora

Coste total al año valores de ejemplo

39.195,00 €

El contrato temporal cotiza algo más por desempleo y, si dura menos de un año, la retención de IRPF tiene un tipo mínimo. Sale en tu nómina. Solo cambia algo si cobras por debajo de la base mínima de tu grupo: la del grupo 1 es 1989,30 € al mes. Depende de la actividad de la empresa (su CNAE) y no lo hemos incorporado: déjalo en 0 o escribe el que figura en la nómina, en la parte de la empresa.
Salario bruto anual30.000,00 €
Cotización de la empresa en el año9195,00 €
Cotización de la empresa al mes766,25 €
Contingencias comunes (empresa)590,00 €
Desempleo (empresa)137,50 €
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)5,00 €
Formación profesional (empresa)15,00 €
MEI (empresa)18,75 €
Solidaridad (empresa)0,00 €
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales0,00 €
Coste medio al mes3266,25 €

Qué significa el resultado

Es lo que paga la empresa en un año por tenerte: tu bruto más su cotización. Sin el tipo de accidentes de trabajo, el coste real será algo mayor.

Cómo calculamos

  1. Base de cotización: bruto anual entre 12, con la base mínima de tu grupo y la máxima legal.
  2. Empresa: contingencias comunes 23,6 %, desempleo 5,5 % (indefinido) o 6,7 % (temporal), FOGASA 0,2 %, formación profesional 0,6 % y MEI 0,75 %.
  3. Solidaridad: si el sueldo mensual supera la base máxima, la empresa cotiza además por el exceso.
  4. Accidentes de trabajo: tu tipo sobre la base, solo si lo escribes.

Ejemplo con los parámetros de 2026

Un sueldo de 30.000,00 € brutos con contrato indefinido cuesta a la empresa 39.195,00 € al año sin contar accidentes de trabajo: 766,25 € de cotización al mes.

Fundamento legal

  • arts. 2, 3, 4, 16, 17 y 33 Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización de 2026 (Orden PJC/297/2026): bases y tipos de 2026
  • disposición adicional 61.ª LGSS Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (RDL 3/2026): tarifa de accidentes de trabajo por actividad

Tipos de cotización del Régimen General en 2026

ConceptoTrabajadorEmpresa
Contingencias comunes4,7 %23,6 %
Desempleo (indefinido)1,55 %5,5 %
Desempleo (temporal)1,6 %6,7 %
Formación profesional0,1 %0,6 %
FOGASA0 %0,2 %
MEI0,15 %0,75 %
Solidaridad, hasta 5611,32 € al mes0,19 %0,96 %
Solidaridad, hasta 7651,80 € al mes0,21 %1,04 %
Solidaridad, más de 7651,80 € al mes0,24 %1,22 %

Base máxima: 5101,20 € al mes. Las bases mínimas dependen del grupo de cotización. Los accidentes de trabajo los paga solo la empresa y dependen de su actividad.

Fuente: Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 4.a · consultado el 14/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Por qué no calculáis los accidentes de trabajo?
Porque el tipo depende de la actividad de cada empresa y no hemos incorporado esa tarifa. Antes que inventar un tipo medio, dejamos el campo para que escribas el tuyo.
¿Un contrato de menos de 30 días cuesta más?
Sí: además de la cotización normal, la empresa paga 33,62 € al terminar cada contrato de duración determinada de menos de treinta días.
¿Qué es la cotización de solidaridad?
Una cotización sobre la parte del sueldo mensual que pasa de la base máxima (5101,20 €). La pagan empresa y trabajador, y sube por tramos.