Sueldo y nómina
Coste de un trabajador para la empresa: el bruto y todo lo que se cotiza encima
El bruto no es lo que cuestas: la empresa paga encima su parte de la Seguridad Social. Escribe el bruto anual y, si lo sabes, el tipo de accidentes de trabajo de la empresa.
Parámetros de 2026, estado a 14/10/2026 ver todos los valores y sus fuentes
Calculadora
39.195,00 €
| Salario bruto anual | 30.000,00 € |
|---|---|
| Cotización de la empresa en el año | 9195,00 € |
| Cotización de la empresa al mes | 766,25 € |
| Contingencias comunes (empresa) | 590,00 € |
| Desempleo (empresa) | 137,50 € |
| Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) | 5,00 € |
| Formación profesional (empresa) | 15,00 € |
| MEI (empresa) | 18,75 € |
| Solidaridad (empresa) | 0,00 € |
| Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales | 0,00 € |
| Coste medio al mes | 3266,25 € |
Qué significa el resultado
Es lo que paga la empresa en un año por tenerte: tu bruto más su cotización. Sin el tipo de accidentes de trabajo, el coste real será algo mayor.
Cómo calculamos
- Base de cotización: bruto anual entre 12, con la base mínima de tu grupo y la máxima legal.
- Empresa: contingencias comunes 23,6 %, desempleo 5,5 % (indefinido) o 6,7 % (temporal), FOGASA 0,2 %, formación profesional 0,6 % y MEI 0,75 %.
- Solidaridad: si el sueldo mensual supera la base máxima, la empresa cotiza además por el exceso.
- Accidentes de trabajo: tu tipo sobre la base, solo si lo escribes.
Ejemplo con los parámetros de 2026
Un sueldo de 30.000,00 € brutos con contrato indefinido cuesta a la empresa 39.195,00 € al año sin contar accidentes de trabajo: 766,25 € de cotización al mes.
Fundamento legal
- arts. 2, 3, 4, 16, 17 y 33 Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización de 2026 (Orden PJC/297/2026): bases y tipos de 2026
- disposición adicional 61.ª LGSS Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero (RDL 3/2026): tarifa de accidentes de trabajo por actividad
Tipos de cotización del Régimen General en 2026
| Concepto | Trabajador | Empresa |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,7 % | 23,6 % |
| Desempleo (indefinido) | 1,55 % | 5,5 % |
| Desempleo (temporal) | 1,6 % | 6,7 % |
| Formación profesional | 0,1 % | 0,6 % |
| FOGASA | 0 % | 0,2 % |
| MEI | 0,15 % | 0,75 % |
| Solidaridad, hasta 5611,32 € al mes | 0,19 % | 0,96 % |
| Solidaridad, hasta 7651,80 € al mes | 0,21 % | 1,04 % |
| Solidaridad, más de 7651,80 € al mes | 0,24 % | 1,22 % |
Base máxima: 5101,20 € al mes. Las bases mínimas dependen del grupo de cotización. Los accidentes de trabajo los paga solo la empresa y dependen de su actividad.
Fuente: Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, normas de cotización 2026 (BOE-A-2026-7296), art. 4.a · consultado el 14/10/2026
Preguntas frecuentes
- ¿Por qué no calculáis los accidentes de trabajo?
- Porque el tipo depende de la actividad de cada empresa y no hemos incorporado esa tarifa. Antes que inventar un tipo medio, dejamos el campo para que escribas el tuyo.
- ¿Un contrato de menos de 30 días cuesta más?
- Sí: además de la cotización normal, la empresa paga 33,62 € al terminar cada contrato de duración determinada de menos de treinta días.
- ¿Qué es la cotización de solidaridad?
- Una cotización sobre la parte del sueldo mensual que pasa de la base máxima (5101,20 €). La pagan empresa y trabajador, y sube por tramos.
Última actualización: 14/10/2026 · parámetros de 2026. No incluye accidentes de trabajo si no escribes el tipo, ni bonificaciones o reducciones de cuotas que pueda tener la empresa. El resultado es una estimación, no asesoramiento laboral ni fiscal. Cada tipo e importe tiene su norma y su fecha de consulta en la tabla de parámetros. Si tienes dudas, consulta a tu empresa, a la Seguridad Social, al SEPE o a la Agencia Tributaria (descargo de responsabilidad).