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TrabajoSueldo y derecho laboral
Vacaciones y permisos

Cuántos días de vacaciones te corresponden por el tiempo trabajado

Las vacaciones no te las regalan el 1 de enero: se generan a medida que trabajas. Si entraste en marzo o te vas en junio, te corresponde la parte proporcional del año. Con la calculadora de días de vacaciones escribes las fechas de tu contrato y los días que da tu convenio, y ves cuántos días llevas generados.

El art. 38.1 del Estatuto de los Trabajadores dice que las vacaciones nunca pueden ser inferiores a treinta días naturales al año. Tu convenio o tu contrato pueden darte más, nunca menos. El mismo artículo añade que las vacaciones no se pueden sustituir por dinero, salvo al terminar el contrato.

¿Días naturales o laborables? La ley habla de 30 días naturales. Muchos convenios lo expresan en días laborables; lo importante es que el total no sea inferior al mínimo legal.

Cómo se calculan las vacaciones proporcionales

  1. Contamos los días de contrato en el año, incluidos el primero y el último.
  2. Vacaciones: días anuales por días de contrato, entre los días del año.
  3. No redondeamos. Muchos convenios redondean hacia arriba; revisa el tuyo.

Si el periodo empieza en un año anterior, contamos desde el 1 de enero del año de la fecha final.

Ejemplo: alta el 1 de marzo

Entraste el 1 de marzo de 2026 y quieres saber cuántos días llevas a 15 de octubre. Son 229 días de contrato en un año de 365. Con el mínimo legal de 30 días, llevas generados 18,82 días de vacaciones.

Ejemplo: primer semestre completo

Si trabajaste del 1 de enero al 30 de junio de 2026 y te vas ese día, son 181 días de contrato. Te corresponden 14,88 días de vacaciones. Si no los has disfrutado, la empresa te los paga en el finiquito.

Ejemplo: un convenio con más días

Si tu convenio da 32 días naturales al año, con las mismas fechas del primer ejemplo (del 1 de marzo al 15 de octubre) llevas generados 20,08 días. Escribe siempre los días de tu convenio si son más que el mínimo.

Qué pasa si te pones de baja

No pierdes las vacaciones. Si coinciden con una baja, puedes disfrutarlas cuando termine, dentro de los plazos del artículo 38.3 del Estatuto.

Si te vas sin haberlas disfrutado

Los días generados y no disfrutados no se pierden al terminar el contrato: se pagan. Es el único caso en que las vacaciones se convierten en dinero. Para saber el importe tienes la calculadora de vacaciones no disfrutadas, y la de finiquito las suma al resto de conceptos.

Para que la cuenta sea útil, resta de los días generados los que ya hayas disfrutado este año. Lo que quede son los días pendientes que van al finiquito.

Errores frecuentes

Contar solo los meses completos. La cuenta es por días, no por meses. Si entras el 20 de un mes, ese mes ya cuenta en parte.

Olvidar el primer y el último día. Los dos se incluyen en el periodo.

Mezclar días naturales y laborables. Si tu convenio cuenta en días laborables, el resultado de esta calculadora está en días naturales. Conviértelo antes de compararlo con lo que te dice la empresa.

Redondear sin mirar el convenio. La calculadora no redondea y te da los decimales. Si tu convenio redondea hacia arriba, aplica su criterio. Las cifras de esta guía usan el calendario de 2026.

Haz la cuenta con tus números Días de vacaciones generados